Dentro de la clasificación de “Trastornos sexuales y de la identidad sexual” (según el manual de diagnóstico de los trastornos mentales, DSM-IV) y en la categoría de parafílias, se encuentra, entre otras el voyeurismo. Esencialmente las conductas parafílicas se caracterizan por su insistencia y su resistencia, implicando la presencia de repetidas e intensas fantasías sexuales de tipo excitatorio, y/o de impulsos o comportamientos sexuales, y que generalmente engloban: objetos (fetichismo), sufrimiento/ humillación de uno mismo o de la pareja (masoquismo y sadismo), niños u otras personas que no consienten (pedofilia).
Las fantasías de la persona con parafília está cargada de contenidos sexuales atípicos, y se excitará procesando mentalmente esas fantasías, extrañas e inusuales, que se convertirán en el eje principal de su conducta erótica. Solamente se realizará el diagnóstico, si el individuo ha actuado de acuerdo con estas necesidades o si le causan molestias marcadas.
En algunas personas, los estímulos parafílicos son imprescindibles para obtener la excitación sexual; en otras, sólo se presentan de forma episódica, siendo el individuo capaz de funcionar sexualmente sin este tipo de estímulos. La presencia de impulsos sexuales, comportamientos o fantasías de tipo parafílico provocan un malestar significativo o deterioro socio-laboral. Estas personas pueden intentar la representación de sus fantasías sexuales con el desacuerdo de la pareja, e incluso con resultados perjudiciales. No conviene confundir algunas actividades sexuales poco comunes que se realizan para evitar la monotonía en las relaciones sexuales, con consentimiento de la pareja y que se encuadran dentro de una sexualidad normal, ya que entre adultos si ambos están de acuerdo, son libres de elegir y decidir sus preferencias, a diferencia de las casi impuestas con bloqueos o sufrimiento en la actividad sexual.
Se considera conducta parafílica cuando dichas actividades son obligatorias (es el único método con el que se consigue la excitación), producen disfunciones sexuales, requieren de participación de personas en contra de su voluntad, interfieren en las relaciones sociales y/o conducen a problemas legales, como en el caso de la pedofilia. Los puntos esenciales en un caso de parafilia son: la persona no ha elegido esa conducta, el castigo no evita la repetición de la misma, y la persona no puede controlar ese comportamiento mediante su voluntad. El voyeurismo conlleva fantasías sexuales recurrentes, muy excitantes, impulsos sexuales o comportamientos de observación, sin ser vistos, a personas, en plena actividad sexual, o desnudándose, mostrando los genitales o no. Para ser definido el comportamiento como voyeurista, requiere que se produzca en un período no inferior a los seis meses y provoque un malestar clínicamente significativo o un deterioro social, laboral o de otras áreas de la actividad del individuo.
En general los voyeuristas sufren un importante sentimiento de culpa, teniendo una sexualidad disfuncional. A diferencia de los “mirones” y las “mironas” que reaccionan ante cualquier estímulo erótico y gozan de una vida sexual satisfactoria, las personas voyeurs tienen dificultades para identificar y expresar sus necesidades, debido a su inmadurez psíquica. En el caso de que tengan pareja, esta puede sufrir las consecuencias de compartir una sexualidad problemática y enfermiza. Según P. y M. Habert, las prohibiciones y castigos constantes, ante la curiosidad natural del niño de saber y descubrir, de ver, de mirar, y observar las relaciones afectivas y sensuales entre adultos; o que el niño se toque los órganos sexuales; provocan la necesidad y el deseo de mirar y de ver, desarrollando de adulto en el caso de algunas personalidades más sensibles, este tipo de parafília.